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Su Aviso de Audiencia de la Corte de Inmigración, y Qué Pasa Si No Asiste
También llamado: Notice of Hearing, NOH, In Absentia Removal Order
Última revisión 2026-07-11
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Qué suele significar este aviso
Un Aviso de Audiencia de la corte de inmigración indica la fecha, la hora y el lugar de su audiencia. La corte lo envía por correo a la dirección más reciente que usted dio. Si no se presenta, un juez puede ordenar su remoción sin que usted esté presente. Esto se llama una orden en ausencia. Antes de que eso pase, el gobierno debe demostrar, con evidencia sólida, que usted es removible y que se le dio aviso por escrito correctamente. Si usted nunca le dio a la corte una dirección válida, no se requiere ningún aviso, y la orden se puede dictar de todos modos. No existe una apelación directa contra una orden en ausencia. El remedio real es presentar una moción por escrito para reabrir su caso. Según la razón por la que faltó a su audiencia, esa moción tiene distintos plazos, o ninguno.
Qué hacer ahora
- 1
Confirme la fecha de su audiencia y su dirección registrada
La corte envía los avisos de audiencia a su dirección más reciente. Manténgala actualizada con el Formulario EOIR-33 para que los avisos le lleguen.
- 2
Llame primero a la línea telefónica si cree que faltó a una audiencia
La Línea de la Corte de Inmigración, 1-800-898-7180, le puede decir si un juez ya dictó una orden en su caso.
- 3
Presente una moción para reabrir si se dictó una orden
Esta es la forma de anular una orden en ausencia. La remoción se detiene automáticamente mientras la moción está pendiente.
- 4
Revise qué plazo aplica según su razón
Una moción por circunstancias excepcionales debe presentarse dentro de 180 días de la orden. Una moción por falta de aviso adecuado, o por estar detenido sin culpa propia, no tiene plazo.
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¿Faltó a una audiencia por una razón excepcional, como una enfermedad grave o la muerte de un familiar? Presente su moción para reabrir dentro de 180 días de la orden. ¿Faltó porque nunca recibió el aviso correctamente? ¿O porque estaba detenido en custodia federal o estatal sin culpa propia? Entonces puede presentarla en cualquier momento.
“Within 180 days - If the motion to reopen to rescind an in absentia order is based on an allegation that the failure to appear was because of exceptional circumstances, the motion must be filed within 180 days after the in absentia order.”
¿Se pregunta qué fecha le aplica? Revísela con Plainly
Fuentes
- eCFR, Title 8, 8 CFR 1003.26 (ecfr.gov)Consultado el 2026-07-11
- EOIR Policy Manual, Part II, Immigration Court Practice Manual, Chapter 3.16 (justice.gov)Consultado el 2026-07-11
- EOIR Policy Manual, Part II, Immigration Court Practice Manual, Chapter 4.9 (justice.gov)Consultado el 2026-07-11
- EOIR Self-Help Guide, Did You Miss Your Hearing? (justice.gov)Consultado el 2026-07-11
Última revisión 2026-07-11
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